Las claves de la nueva Ley de Cajas

12 junio 2013

Mundotrading. El pasado viernes el Consejo de Ministros dio el visto bueno al anteproyecto de Ley para las Cajas de Ahorro, después de pasar por el “rodillo” del Consejo de Estado, que incluyó importantes modificaciones. Ahora le tocará “viajar” por un largo trámite parlamentario que se espera pueda concluir a finales de este año y entrar ya en vigor para el 2014. A través de esta normativa que era uno de los puntos de obligado cumplimiento tras el rescate bancario, se espera poner unos límites bien definidos a la gestión y funcionamiento de este tipo de entidades.

Uno de los objetivos de esta Ley es devolver a las Cajas su naturaleza original, limitando su actividad financiera a la comunidad autónoma de dónde son originarias, vinculando su actuación especialmente a particulares y al ámbito de las pequeñas y medianas empresas,  y estableciendo un tope a sus activos, que no podrán sobrepasar los 10.000 millones de euros o el 35% de cuota de depósitos en la zona geográfica en la que opera o  el 10% de participación en el capital de una entidad de crédito. En el caso que se sobrepasen estos “topes”, la entidad tendrá un año de plazo para convertirse en fundación.

Este nuevo escenario legal  va a provocar que algunas de las Cajas con más arraigo en nuestro país como Caixabank, Unicaja, Kutxabank, Ibercaja y Liberbank, pasarán a transformarse en fundaciones bancarias, mientras que otras dos de pequeño tamaño como Caixa Ontinyent y Caixa Pollença, podrán mantener su “estatus” pero con algunas restricciones.

Con estas medidas también se persigue dotar a las Cajas de una mayor independencia y profesionalidad, con una menor presencia de las administraciones públicas, que no podrán tener una representación superior al 25% en los órganos de administración, y un aumento del protagonismo de los impositores, que deberán ocupar entre el 50% y 60% del consejo. Además los miembros del Patronato de la fundación, no podrán ocupar ningún cargo público, ni puestos ejecutivos en partidos políticos, sindicatos u organizaciones empresariales. Este era uno de los puntos más controvertidos de esta Ley, ya que los Presidentes de las Cajas tendrán que elegir ahora entre dirigir la fundación o formar parte del consejo de administración de la entidad de crédito.

Las fundaciones una vez que entren en funcionamiento, deberán cumplir una serie de obligaciones, que van a depender de su volumen de capital. Las que tengan una participación por encima del 30%, tendrán que presentar al Banco de España un Protocolo de Gestión, mientras que si la cuota fuera mayor del 50%, las exigencias serán mayores, ya que por un lado habrá que dotarlas de un fondo de reserva para que puedan cubrir posibles necesidades de capital y por otro estarán obligadas a entregar un informe detallado de la gestión de riesgos y de la estrategia de diversificación de inversiones que están llevando a cabo.

Por último señalar que las fundaciones que tengan al menos el 50% de control de su banco, podrán acudir a las ampliaciones de capital, pero estas acciones no le darán derechos políticos. En cuanto a los dividendos, deberán ser aprobados por al menos 2/3 partes de los accionistas con derecho a voto.

Gonher para Mundotrading

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